Originales

En cumplimiento con lo dispuesto en:

  • Artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Artículo 15.1a) de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón

Son normas municipales de obligatorio cumplimiento, su tipología puede ser tan amplia como la propia actividad local a través de ellas regulada. Se aprueban por el pleno del Ayuntamiento.

Ordenanzas Generales: regulan las actividades de los ciudadanos y sus relaciones con la administración municipal.

Ordenanzas Fiscales: regulan los impuestos o tributos de carácter obligatorio. Las tasas o precios públicos que gravan el uso de determinados servicios.  Cada uno de ellos requiere de una ordenanza en la que se determinará que sujetos deben de pagar, el concepto del pago y las bases que sirven para calcular la cuantía del impuesto o tarifa del mismo. Materias: Reguladora de tributos, generales de gestión, recaudación e inspección, urbanísticas y de construcción.

1. Impuestos

​2. Tasas

  • Tasa de la recogida de residuos sólidos urbanos, tratamiento y eliminación de los mismos, monda de pozos negros y limpieza en calles particulares (Consultar ordenanza)
  • Tasa de los cementerios municipales (Consultar ordenanza)
  • Tasa de desagüe de canalones y otras instalaciones análogas en terrenos de uso público (Consultar ordenanza)
  • Tasa de la entrada de vehículos a través de las aceras y las reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, carga o descarga de mercancías de cualquier clase (Consultar ordenanza)
  • Tasa del otorgamiento de licencias urbanísticas exigidas por el artículo 178 de la Ley de suelo (Consultar ordenanza)
  • Tasa de los rieles, postes, cables, palomillas, cajas de amarre, de distribución o de registro, básculas, aparatos para venta automática y otros análogos que se establezcan sobre la vía pública o vuelen sobre la misma (Consultar ordenanza)
  • Tasa del rodaje y arrastre de vehículos que no se encuentren gravados por el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (Consultar ordenanza)
  • Tasa de servicios de alcantarillado (Consultar ordenanza)
  • Tasa del suministro municipal de agua potable a domicilio (Consultar ordenanza)
  • Tasa de los elementos constructivos cerrados, terrazas, miradores, balcones, marquesinas, toldos, paravientos y otras instalaciones semejantes, voladizas sobre la vía pública o que sobresalgan de la línea de fachada (Consultar ordenanza)
  • Tasa del tránsito de ganados por las vías públicas (Consultar ordenanza)

*Fuente de Información: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel (https://236ws.dpteruel.es/DPT/bopt.nsf)

Última actualización el lunes, 6 de mayo de 2024 a 16:16